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El artículo 71 apartado 9º del EAAR de 2007 atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia exclusiva en materia de Urbanismo. Como consecuencia de esta atribución competencial se dicta esta Ley que tiene por principal objeto: regular la actividad urbanística y el régimen urbanístico del suelo, el vuelo y el subsuelo en la Comunidad Autónoma de Aragón. La ley especifica que la actividad urbanística comprende la clasificación, el planeamiento, la urbanización, la intervención en el mercado de la vivienda y del suelo y en el uso del suelo y la disciplina urbanística y aclara que esta actividad se desarrolla en el marco de la ordenación del territorio. Esta ley ha sido modificada por la Ley 8/2011, de 10 de marzo, de medidas para compatibilizar los proyectos de nieve con el desarrollo sostenible de los territorios de montaña (BOA de 21 de marzo de 2011) y por la Ley 3/2012, de 8 de marzo, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, (BOA de 19 de marzo de 2012). Asimismo debe de tenerse en cuenta que la presente norma ha sido desarrollada por las siguientes normas: - Decreto 101/2010, de 7 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el reglamento del Consejo de Urbanismo de Aragón y de los Consejos Provinciales de Urbanismo. (BOA de 15/06/2010). - Decreto 20/2011, de 8 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el Registro Público de Convenios Urbanísticos, el Registro Aragonés de Patrimonios Públicos de Suelo y el Registro Administrativo de Entidades Colaboradoras y Programas y se aprueba el Reglamento que regula su organización y funcionamiento. (BOA de 18 de febrero de 2011) |
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