Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las Leyes civiles aragonesas.

Fecha 22-03-2011 Ámbito: Comunidad Autónoma Tipo: Norma con rango de Ley
 

     El artículo 71 apartado 2º reconoce a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia exclusiva para la conservación, modificación y desarrollo del Derecho Foral Aragonés, con respeto a sus sitema de fuentes. La disposición final primera de la Ley 8/2010, de 2 de diciembre, de Derecho civil patrimonial, autoriza al Gobierno de Aragón para que, en el plazo de un año desde el 1 de enero de 2011, fecha de entrada en vigor de esta Ley, apruebe, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», un Decreto Legislativo que refunda:

a) El Título preliminar de la Compilación del Derecho Civil de Aragón.

b) La Ley 1/1999, de 24 de febrero, de sucesiones por causa de muerte.

c) La Ley 6/1999, de 26 de marzo, relativa a parejas estables no casadas.

d) La Ley 2/2003, de 12 de febrero, de régimen económico matrimonial y viudedad.

e) La Ley 13/2006, de 27 de diciembre, de Derecho de la persona.

f) La Ley 2/2010, de 26 de mayo, de igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de convivencia de los padres.

g) La propia Ley de Derecho civil patrimonial.

El Código del Derecho Foral de Aragón consta de 599 artículos, divididos en cuatro Libros y un Título Preliminar; los Libros están divididos en Títulos, Capítulos, Secciones y, ocasionalmente, Subsecciones. El orden de exposición de las materias es el mismo de la Compilación, si bien el Libro Primero de esta («Derecho de la persona y de la familia») se ha desdoblado en dos (Libro Primero: «Derecho de la persona» y Libro Segundo: «Derecho de la familia»), en atención al considerable grado de extensión que tanto el Derecho de la persona como el de la familia han alcanzado con las últimas reformas legales; el Libro Tercero se ocupa del Derecho de sucesiones por causa de muerte y el Cuarto del Derecho patrimonial; en este último Libro se agrupan los contenidos de los Libros Tercero («Derecho de bienes») y Cuarto («Derecho de obligaciones») de la Compilación, como ya hiciera la Ley 8/2010, de 2 de diciembre, de Derecho Civil Patrimonial.

 

Fichero adjunto

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